¿Cómo compatibilizar la prestación por desempleo con el registro en el Régimen de Autónomos?

Hola a todos,

Estoy buscando ayuda y espero que alguien pueda orientarme en esta situación complicada en la que me encuentro. Hace poco perdí mi empleo y he decidido emprender por mi cuenta, por lo que quiero registrarme en el Régimen de Autónomos. Sin embargo, también quiero asegurarme de poder seguir recibiendo la prestación por desempleo que me corresponde.

He escuchado que existe la posibilidad de compatibilizar ambas cosas, pero no tengo claro cómo hacerlo ni cuáles son los requisitos. ¿Alguien sabe cómo puedo llevar a cabo este proceso?

Me preocupa mucho no perder la prestación por desempleo mientras inicio mi actividad como autónoma, así que cualquier información o consejo que puedan darme al respecto será de gran ayuda.

Espero sus respuestas. ¡Muchas gracias!

Consulta realizada por: Fernanda Arias

Hola Fernanda Arias,

Entiendo perfectamente tu situación complicada y estaré encantado de orientarte respecto a cómo puedes compatibilizar el Régimen de Autónomos con la prestación por desempleo. Aquí te explico cómo hacerlo:

Para poder beneficiarte de ambas prestaciones, debes:
1. Estar dado de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
2. Solicitar la compatibilidad entre el cobro de la prestación por desempleo y el inicio de tu actividad como autónoma. Esta solicitud debe hacerse ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un plazo de 15 días desde el inicio de tu actividad.

Además, existen algunos requisitos que debes cumplir para poder compatibilizar ambas prestaciones:
1. Estar percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo.
2. Estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social en el caso de que ya hayas estado de alta previamente como autónoma.
3. No haber renunciado voluntariamente a tu último empleo.

Es importante tener en cuenta que la compatibilidad entre ambas prestaciones tiene un límite temporal. Durante los primeros 270 días, podrás percibir el 100% de la prestación por desempleo. A partir del día 271 hasta el día 540, percibirás el 50% de la prestación. A partir del día 541 se suspenderá la prestación.

Espero que esta información te sea de utilidad y te deseo mucho éxito en tu nuevo emprendimiento. ¡Mucho ánimo!

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Preguntas frecuentes

1. ¿Puedo compatibilizar la prestación por desempleo con cualquier tipo de actividad como autónomo?
No, solo podrás compatibilizarla si te das de alta en el Régimen de Autónomos. Otros tipos de actividades, como ser socio de una sociedad mercantil, no permiten la compatibilidad.

2. ¿Puedo solicitar la compatibilidad de forma retroactiva?
No, debes solicitarla en un plazo de 15 días desde el inicio de tu actividad como autónomo.

3. ¿Puedo solicitar la compatibilidad si he agotado mi prestación por desempleo?
No, la compatibilidad solo es posible mientras estés percibiendo la prestación por desempleo.

4. ¿Qué ocurre si me doy de baja como autónomo?
Si te das de baja de forma voluntaria como autónomo, se suspenderá la prestación por desempleo.

5. ¿Puedo compatibilizar la prestación por desempleo con un trabajo por cuenta ajena?
No, la compatibilidad solo es posible con el Régimen de Autónomos.

6. ¿Puedo solicitar la compatibilidad si he sido despedido de mi último empleo?
Sí, siempre y cuando no hayas renunciado voluntariamente a tu empleo.

Recuerda que es importante que consultes con el SEPE o un asesor laboral para obtener información actualizada y adaptada a tu situación específica. ¡Suerte en tu nuevo camino como autónoma!

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