¿Cuál es la definición de superficie útil según el Real Decreto 390/2021 para la certificación energética?

Hola comunidad,

Espero que todos estén bien. Soy Juliana Ávila y me encuentro con una duda respecto a la certificación energética. He estado investigando sobre el Real Decreto 390/2021, pero todavía tengo una pregunta sin respuesta.

Me gustaría saber, ¿cuál es la definición de superficie útil según el Real Decreto 390/2021 para la certificación energética? He leído sobre el concepto de superficie útil, pero me gustaría tener una explicación más detallada y precisa para poder aplicarlo correctamente.

Agradecería mucho si alguien con experiencia en el tema pudiera aclarar esta duda. Me gustaría asegurarme de entender correctamente las especificaciones del Real Decreto para poder realizar una certificación energética precisa.

¡Muchas gracias de antemano! Estaré atenta a sus respuestas.

Consulta realizada por: Juliana Ávila

 

¡Hola Juliana! ¡Gracias por tu consulta!

La definición de superficie útil en el contexto del Real Decreto 390/2021 para la certificación energética se refiere al área de un espacio que puede ser ocupado y utilizado de manera efectiva. En otras palabras, es la superficie interna de una vivienda o local que se puede aprovechar correctamente.

La superficie útil incluye aquellos espacios como habitaciones, salas, cocinas, baños, entre otros, que son utilizados para actividades cotidianas. Sin embargo, cabe destacar que no se consideran en la superficie útil aquellos espacios como pasillos, escaleras, balcones, trasteros o garajes.

Es importante saber que la definición exacta de superficie útil puede variar ligeramente de acuerdo a las regulaciones específicas de cada país o región. Por ello, te recomendaría siempre tener en cuenta la legislación aplicable en tu área.

Espero haber aclarado tu duda de manera precisa. Si tienes alguna pregunta adicional, ¡no dudes en hacerla! ¡Estoy aquí para ayudarte!

Saludos cordiales,
Un experto en certificación energética.

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¿Qué elementos debe contener un certificado energético?

Un certificado energético debe contener los siguientes elementos:

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1. Identificación del inmueble: Debe incluir la dirección completa y la referencia catastral del edificio o vivienda objeto de certificación.

2. Superficie útil: Es necesario indicar la superficie útil del inmueble, que se define como la suma de las superficies de los espacios interiores delimitados por el perímetro de las paredes.

3. Características de la envolvente térmica: Se deben detallar las características constructivas de los elementos que conforman la envolvente térmica, como muros, cubiertas, ventanas, etc.

4. Instalaciones térmicas y de iluminación: Se debe incluir información sobre las instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, así como las instalaciones de iluminación.

5. Eficiencia energética: Debe indicarse la calificación energética del inmueble, que se expresa mediante una letra (desde la A hasta la G) y una etiqueta energética.

6. Recomendaciones de mejora: Se deben incluir recomendaciones para mejorar la eficiencia energética del inmueble, con el objetivo de reducir el consumo y las emisiones de CO2.

7. Técnico certificador: Debe constar el nombre y número de colegiado del técnico responsable de la certificación energética.

Estos son los elementos principales que debe contener un certificado energético, proporcionando información relevante sobre la eficiencia energética del inmueble.

¿Qué se busca en un certificado de eficiencia energética?

En un certificado de eficiencia energética se busca información sobre el consumo energético de un edificio o vivienda. Este documento proporciona datos sobre la calificación energética del inmueble, que va desde la letra A (más eficiente) hasta la letra G (menos eficiente).

Además, el certificado incluye detalles sobre las características constructivas y de aislamiento del edificio, así como recomendaciones para mejorar su eficiencia energética. También se especifica el consumo de energía en calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria y ventilación.

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Otro aspecto relevante que se busca en el certificado es la superficie útil del inmueble, la cual se define en el Real Decreto 390/2021 como «la superficie de los espacios interiores del edificio destinados a ser utilizados por los ocupantes, incluyendo las particiones interiores y el mobiliario fijo». Esta superficie es fundamental para el cálculo de la demanda energética del edificio.

¿En qué casos se encuentra exento el certificado energético?

El certificado energético está exento en los siguientes casos:

1. Edificios y monumentos protegidos oficialmente, en la medida en que el cumplimiento de las exigencias de la certificación energética pudiera alterar su carácter o aspecto.

2. Edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas.

3. Edificios provisionales con un plazo de utilización igual o inferior a dos años.

4. Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.

5. Edificios o unidades de edificios con una superficie útil total inferior a 50 m².

6. Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.

7. Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m².

8. Edificios de viviendas utilizados menos de cuatro meses al año, o con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario.

9. Edificios que se vendan o alquilen por un plazo inferior a cuatro meses.

10. Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario.

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¿Cuál es la validez de un certificado de eficiencia energética?

La validez de un certificado de eficiencia energética es de 10 años a partir de su emisión.

La definición de superficie útil en el Real Decreto 390/2021 para la certificación energética es un tema relevante que puede generar diferentes perspectivas y opiniones. Invitamos a todos a comentar y compartir sus puntos de vista, ya que la diversidad de opiniones enriquece el debate y nos ayuda a encontrar la mejor solución. Juntos, podemos explorar nuevas ideas y enfoques, y así avanzar hacia una certificación energética más precisa y efectiva. ¡Anímate a participar y contribuir con tus conocimientos!

 

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